Los MASC ya son la nueva puerta de entrada a la justicia civil y mercantil

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, quienes quieran presentar una demanda civil o mercantil deberán acreditar, con carácter general, que antes han intentado resolver el conflicto mediante un Medio Adecuado de Solución de Controversias.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido una de las reformas procesales más relevantes de los últimos años: la obligación de acudir previamente a un Medio Adecuado de Solución de Controversias, conocidos como MASC, antes de iniciar determinados procedimientos judiciales civiles y mercantiles. Esta obligación entró en vigor el 3 de abril de 2025 y tiene como finalidad reducir la litigiosidad, agilizar la tramitación de los asuntos y fomentar soluciones negociadas antes de acudir a los tribunales.

Los MASC se definen legalmente como cualquier actividad negociadora reconocida por la ley a la que las partes acuden de buena fe para intentar alcanzar una solución extrajudicial, ya sea directamente entre ellas, a través de sus abogados o con la intervención de una tercera persona neutral. La regulación se encuentra en el Título II de la Ley Orgánica 1/2025, dedicado a las medidas de eficiencia procesal, y concretamente en los artículos 2 a 19.

Negociar antes de demandar: un requisito que puede condicionar la admisión de la demanda

La principal novedad es que, en el orden jurisdiccional civil, el intento de negociación previa se configura como requisito de procedibilidad. Esto significa que, salvo excepciones, no bastará con preparar la demanda: será necesario acreditar documentalmente que se ha intentado una solución extrajudicial antes de acudir al juzgado. La ley exige que exista identidad entre el objeto de la negociación y el objeto del litigio, aunque las pretensiones concretas que se ejerciten después puedan variar.

Entre los medios que permiten cumplir este requisito se encuentran la mediación, la conciliación, la opinión neutral de una persona experta independiente, la oferta vinculante confidencial, la negociación directa entre las partes o entre sus abogados y el Derecho colaborativo. La Guía del Consejo General de la Abogacía Española destaca precisamente que la norma utiliza una definición amplia y flexible, no limitada a un único mecanismo.

¿A qué asuntos afecta?

Con carácter general, los MASC se aplican a los asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos. Quedan excluidas, entre otras, las materias laboral, penal y concursal, así como los asuntos en los que una de las partes sea una entidad perteneciente al sector público.

Además, la propia ley contempla excepciones al requisito de negociación previa, como los procedimientos relativos a la tutela judicial civil de derechos fundamentales, determinadas medidas de protección de menores, filiación, paternidad y maternidad, medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, juicios cambiarios, demandas ejecutivas, medidas cautelares previas o diligencias preliminares.

La importancia de documentar correctamente el intento de negociación

Uno de los aspectos más relevantes para ciudadanos, empresas y profesionales es la necesidad de dejar constancia documental del intento de negociación. La ley exige que la actividad negociadora, o al menos su intento, quede recogida por escrito para poder acreditar posteriormente el cumplimiento del requisito de procedibilidad.

Si no interviene una tercera persona neutral, será fundamental conservar documentos que prueben la solicitud o invitación a negociar, la fecha de recepción, el objeto de la controversia y, en su caso, las reuniones mantenidas. Si interviene un mediador, conciliador, experto independiente u otra persona neutral, deberá expedirse la correspondiente certificación con los datos esenciales del procedimiento.

Esta exigencia convierte la fase previa al pleito en un momento estratégico. Un intento de negociación mal planteado, insuficientemente acreditado o desconectado del objeto del futuro litigio puede generar problemas procesales y retrasar la reclamación judicial.

Confidencialidad, plazos y posible impacto en las costas

La negociación desarrollada dentro de un MASC es, con carácter general, confidencial. La documentación y la información intercambiada no podrán utilizarse libremente en un procedimiento judicial o arbitral, salvo en los supuestos legalmente previstos.

Además, la solicitud de inicio de un MASC puede tener efectos importantes sobre los plazos: interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de acciones desde que conste el intento de comunicación a la otra parte. Si no hay respuesta o no se celebra una primera reunión en el plazo legalmente previsto, el cómputo se reinicia o reanuda.

La reforma también introduce un elemento relevante en materia de costas: los tribunales podrán valorar la colaboración de las partes en la búsqueda de una solución consensuada y el eventual abuso del servicio público de Justicia. En la práctica, negarse injustificadamente a negociar o acudir al proceso judicial sin una verdadera voluntad previa de solución puede tener consecuencias económicas.

El papel del abogado en la nueva cultura del acuerdo

Aunque la asistencia letrada no será obligatoria en todos los MASC, la ley permite que las partes acudan asistidas por abogado y la exige cuando se utilice la oferta vinculante confidencial, salvo que la cuantía no supere los 2.000 euros o una ley sectorial disponga otra cosa.

En este nuevo escenario, el papel del abogado resulta esencial no solo para litigar, sino también para elegir el medio más adecuado, formular correctamente la propuesta, proteger los derechos del cliente, controlar los plazos y asegurar que el intento de negociación quede debidamente acreditado.

Una reforma que cambia la forma de afrontar los conflictos

La implantación de los MASC supone un cambio de mentalidad: antes de demandar, será necesario analizar si existe margen real para negociar y qué vía resulta más conveniente. Para particulares y empresas, esto puede representar una oportunidad para resolver conflictos con mayor rapidez, menor coste y más control sobre el resultado.

Desde nuestro despacho recomendamos obtener asesoramiento jurídico desde el primer momento, especialmente antes de enviar cualquier reclamación o propuesta de acuerdo. Una correcta estrategia previa puede evitar la inadmisión de la demanda, preservar los derechos del cliente y aumentar las posibilidades de alcanzar una solución eficaz sin necesidad de llegar a juicio.